Daniela Florez, Marcela Florez, Geohanna Ortiz y Yuly Ramirez 11-1 M
miércoles, 23 de noviembre de 2011
miércoles, 9 de noviembre de 2011
TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
Tabla de Retención en la Fuente año 2011
Rubro | Concepto | A partir de (cifra en UVT) | A partir de (cifra en pesos) | Tarifa |
---|---|---|---|---|
Salarios | Ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria. | 95 | $ 2.388.001 | Tabla Art 383 del E.T |
Compras | Compras en general | 27 | $ 679.000 | 3,5% |
Compras de bienes y productos agricolas o pecuarios sin procesamiento industrial | 92 | $ 2.312.000 | 1,5% | |
Compra de café pergamino o cereza | 160 | $ 4.021.000 | 0,5% | |
Compra de combustible o derivados del petroleo. | n/a | $ 1 | 0,1% | |
Servicios | Servicios en general (personas jurídicas y a las naturales declarantes de renta) | 4 | $ 101.000 | 4% |
Servicios en general (personas naturales NO declarantes de renta) | 4 | $ 101.000 | 6% | |
Servicios prestados por empresas temporales. | 4 | $ 101.000 | 1% | |
Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. | 4 | $ 101.000 | 2% | |
Servicios integrales de salud | 4 | $ 101.000 | 2% | |
Servicios de hoteles, restaurantes, hospedaje. | 4 | $ 101.000 | 3,5% | |
Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, marítimo o aéreo) | 4 | $ 101.000 | 1% | |
Servicios de transporte nacional de pasajeros. (terrestre) | 27 | $ 679.000 | 3,5% | |
Servicios de transporte nacional de pasajeros. (aéreo, marítimo) | 4 | $ 101.000 | 1% | |
Servicio de transporte internacional de carga (terrestre) | 4 | $ 101.000 | 1% | |
Servicios de transporte internacional de pasajeros (terrestre) | 27 | $ 679.000 | 3,5% | |
Arrendamientos | Arrendamiento de bienes muebles | n/a | $ 1 | 4% |
Arrendamiento de bienes raices | 27 | $ 679.000 | 3,5% | |
Contratos | Contratos de consultoría y administración delegada (cuando el beneficiario del pago sea una persona jurídica o asimilada) | n/a | $ 1 | 11% |
Contratos de consultoría y administración delegada (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural No Declarante) | n/a | $ 1 | 10% | |
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones (Declarantes de Renta) | n/a | $ 1 | 6% | |
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones (No Declarantes de Renta) | n/a | $ 1 | 10% | |
Contratos de construcción, urbanización o confección de obra material de bien inmueble. | 27 | $ 679.000 | 1% | |
Otros conceptos tributarios | Honorarios y Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea persona jurídica o asimilada) | n/a | $ 1 | 11% |
Honorarios y Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural) | n/a | $ 1 | 10% | |
Rendimientos Financieros (Intereses) | n/a | $ 1 | 7% | |
Loterias, Rifas, Apuestas y Similares | 48 | $ 1.206.000 | 20% | |
Enajenación de Activos Fijos | n/a | $ 1 | 1% | |
Pagos a establecimientos comerciales realizados con tarjeta débito o crédito. | n/a | $ 1 | 1.5% | |
Emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que sean declarantes de renta. | 27 | $ 679.000 | 4% | |
Emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que NO sean declarantes de renta. | 27 | $ 679.000 | 3,5% | |
Dividendos gravados | n/a | $ 1 | 33% | |
Retención en la fuente de IVA | Retención en la fuente del IVA por compras de bienes gravados. | 27 | $ 679.000 | 50% del IVA |
Retención en la fuente del IVA por Servicios gravados. | 4 | $ 101.000 | 50% del IVA | |
Retención en la fuente del IVA aplicable a operaciones con tarjetas débito o crédito. | n/a | n/a | 10% del IVA |
A continuación presentamos los conceptos de retención más utilizados, sus bases y tarifas correspondientes vigentes para el año 2011.
Recuerde que puede encontrar información más detallada y casos puntuales y particulares de retención en la sección Retención en la fuente.
Concepto | Base Uvt | Base pesos | Tarifa |
Venta de Bienes Raíces | 0 | 100% | 1% |
Contratos de construcción y urbanización | 0 | 100% | 1% |
Compra de combustible | 0 | 100% | 0.10% |
Consultoría en obras públicas | 0 | 100% | 2% |
Intereses o rendimientos financieros | 0 | 100% | 7% |
Honorarios y comisiones * | 0 | 100% | 10%/11% |
Arrendamiento de bienes muebles | 0 | 100% | 4% |
Contratos de consultoría y administración delegada | 0 | 100% | 6% |
Compras | 27 | 679,000 | 3,5% |
Servicios en general ** | 4 | 101,000 | 4%/6% |
Por emolumentos eclesiásticos *** | 27 | 679,000 | 3,5%/4% |
Servicios de transporte de carga | 4 | 101,000 | 1% |
Servicios de transporte nacional de pasajeros | 27 | 679,000 | 3.50% |
Servicios temporales | 4 | 101,000 | 1% |
Servicios de aseo y vigilancia | 4 | 101,000 | 2% |
Arrendamiento de bienes raíces | 27 | 679,000 | 3.50% |
Loterías, Rifas, Apuestas y similares | 48 | 1,206,000 | 20% |
Servicios de hoteles y restaurantes | 4 | 101,000 | 3.50% |
Otros ingresos tributarios | 27 | 679,000 | 3.50% |
Compra de productos agrícolas sin procesamiento industrial | 92 | 2,312,000 | 1.50% |
Compra de productos agrícolas con procesamiento industrial retenedores | 27 | 679,000 | 3.50% |
Compra de café pergamino o cereza | 160 | 4,021,000 | 0.50% |
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar | 5 | 126,000 | 3% |
(*) 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Jurídicas y asimiladas
- 11% para pagos o abonos en cuenta a las personas naturales por contratos cuyo valor superen la suma de 3.300 UVT.
- 11% para pagos o abonos en cuenta a Personas Naturales, sobre el exceso de 3.300 UVT en el año 2010.
- 10% para pagos o abonos en cuenta a las demás Personas Naturales
(**) 6% para no obligados a declarar renta.
4% para personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta.
(***) 4% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales declarantes de renta.
3.5% por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no declarantes de renta.
Nota 1: El Uvt para el 2011 es de $25.132.
Nota 2: Las bases que figuran o Uvt o 100%, significan que se aplicará la retención sobre cualquier valor, sobre cualquier base, sobre el 100% de la operación sin importar su monto.
En las otras bases se aplicará la retención sobre valores iguales o superiores. Por ejemplo, la retención por compras se aplicará sobre operaciones iguales o superiores a $679.000
martes, 8 de noviembre de 2011
ENCUESTA Y GRAFICAS
ENCUESTA GUSTO MUSICAL
1. Le gusta la música
SI ___
NO ___
2. Con cual de estos tipos de música se identifica:
ROMANTICA ___
BALADAS ___
BOLEROS ___
TROPICALES ___
ROCK ___
POP ___
ROCK-POP ___
OTROS ___
3. Que tipo de música le gusta a usted bailar?
SALSA ____
VALLENATOS ____
MERENGUES ____
TANGOS Y BOLEROS ____
REGUETON ____
ELECTRONICA ____
ENCUESTA GUSTO MUSICAL
TABULACION Y GRAFICAS
1-
2-
3-
TABLAS DE ENCUESTAS
PRIMERA ENCUESTA:
COLOR PREFERIDO
SEGUNDA ENCUESTA:
FRUTAS PREFERIDAS
TERCERA ENCUESTA:
PRENDAS DE VESTIR MAS UTILIZADAS
domingo, 6 de noviembre de 2011
TALLER SALUD OCUPACIONAL
INSTITUCION EDUCATIVA SOR MARIA JULIANA
ESTRUCTUTA CURRICULAR DOCUMENTACION Y REGISTRO DEPERACIONES CONTABLES
MODULO DE FORMACION: CONTABILIZACION DE LOS HECHOS ECONOMICOS DE LA EMPRESA COMERCIAL DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y POLITICAS
ACTIVIDAD DE E-A-E: SALUD OCUPACIONAL
TALLER
De acuerdo con el texto adjunto, realiza las siguientes actividades
1. Defina los siguientes términos:
· Salud
· trabajo
· Ambiente de trabajo
· Riesgo
· Factor de trabajo
· Incidente
· Accidente de trabajo
· Enfermedad profesional
· Salud ocupacional
· Sistema General de Riesgos Profesionales
2. Responda las siguientes preguntas:
a. ¿Qué se considera como accidente de trabajo?
b. ¿Qué ley reglamento la salud ocupacional en Colombia y sobre que aspectos? Elabora un cuadro sinóptico
c. Describe los principales decretos y resoluciones que reglamentan la salud ocupacional en Colombia
3. Elabora un mapa conceptual sobre EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES, teniendo en cuenta la clasificación
SOLUCION
1.
· SALUD: es un estado de bienestar físico, mental y social. no solo en la ausencia de enfermedad
· TRABAJO: es toda actividad que el hombre realiza de transformación de la naturaleza con el fin de mejorarla calidad de vida.
· AMBIENTE DE TRABAJO: es el conjunto de condiciones que rodean a ala persona y que directa o indirectamente influyen en su estado de salud
· RIESGO: es la probabilidad de ocurrencia de un evento. ej. riesgo de una caída, o el riesgo de un ahogamiento
· FACTOR DE RIESGO: es un elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones.
· INCIDENTE: es un acontecimiento no destacado, que bajo circunstancias diferentes, podría haber resultado en las lesiones a las personas o a las instalaciones, es decir un CASI
· ACCIDENTE DE TRABAJO: es un suceso repentino que sobreviene por causa o con acción del trabajó y que produce en el trabajador daños en la salud (una lesión orgánica, una perturbación funcional, una validez o la muerte)
· ENFERMEDAD PROFESIONAL: es el daño de salud que se adquiere por la exposición a una o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo, o cuando hay casualidad entre el factor de riesgo y la enfermedad
· SALUD OCUPACIONAL: se define coma la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo
· SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES: es un conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes que puedan ocurrir con acción o como consecuencia del trabajo que desarrollan, además de mantener la vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad en Salud Ocupacional
2.
A. SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO:
- El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa.
- El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
- el que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.
B. REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA SOBRE SEGURIDAD SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL:
C) DECRETOS Y RESOLUCIONES QUE REGLAMENTARAN LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA.
Ley - Año | Contenido |
Ley 9a. De 1979 | Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones |
La Resolución 2400 de 1979 de Min.Tra* | Conocida como el "Estatuto General de Seguridad”, trata de disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo |
Decreto 614 de 1984 de MinTra Y MINSALUD | Crea las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país |
La Resolución 2013 de 1986 de MinTra | Establece la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas |
La Resolución 1016 de 1989 de MinTra | Establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas |
Ley 100 de 1993 de MinTra | Se crea el régimen de seguridad social integral |
Decreto 1281 de 1994 de MinTra | Reglamenta las actividades de alto riesgo |
Decreto 1295 de 1994 de MinTra y MINHACIENDA | Dicta normas para la autorización de las Sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir los riesgos de enfermedad profesional y accidente de trabajo Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales Establece la afiliación de los funcionarios a una entidad Aseguradora en Riesgos Profesionales (A.R.P) |
Decreto 1346 de 1994 de MinTra | Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez |
Decreto 1542 de 1994 de MinTra | Reglamenta la integración y funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional |
Decreto 1771 de 1994 de MinTra | Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional |
Decreto 1772 de 1994 de MinTra | Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales |
Decreto 1831 de 1994 de MinTra | Expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales |
Decreto 1832 de 1994 de MinTra | Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales |
Decreto 1834 de 1994 de MinTra | Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales |
Decreto 1835 de 1994 de MinTra | Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los Servidores Públicos |
Decreto 2644 de 1994 de MinTra | Tabla Única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral |
Decreto 692 de 1995 de MinTra | Manual Único para la calificación de la Invalidez |
Decreto 1436 de 1995 de MinTra | Tabla de Valores Combinados del Manual Único para la calificación de la Invalidez |
Decreto 2100 de 1995 de MinTra | Clasificación de las actividades económicas |
Resolución 4059 de 1995 | Reportes de accidentes de trabajo y enfermedad profesional |
Circular 002 de 1996 de MinTra | Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad sea nivel 4 o 5 |
* MinTra = Ministerio de Trabajo
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